Norma de registro del IRS: Qué recibos guardar para justificar donaciones benéficas
Publicado:Una norma de registro bastante reciente ha sido una sorpresa para muchos contribuyentes auditados.
En la última década, el IRS ha reforzado una serie de lagunas fiscales, publicando nuevas directrices e intensificando las actividades de aplicación y recaudación.
Las contribuciones benéficas han sido la proverbial vela que arde por los dos extremos. Si antes tenía un montón de cera, probablemente ya no le quede mucha.
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A partir de 2007, sus contribuciones benéficas en forma de efectivo, cheque u otro tipo de entrega monetaria debían justificarse mediante un registro escrito. La prueba podía consistir en una comunicación escrita de la organización benéfica, pero ese documento de validación debía indicar el nombre de la organización, la fecha de la aportación y el importe.
De este modo, Hacienda puede saber quién dona, cuánto y a quién. Estos datos son aún más cruciales para controlar las organizaciones benéficas que para llevar la cuenta de sus deducciones. Pero en el caso de que su declaración de la renta sea auditada, tendrá que confesar sus recibos o tachar las contribuciones del registro.
Lo mismo ocurre con las donaciones quid pro quo, salvo que muchos contribuyentes no entienden cómo funcionan este tipo de donaciones.
¿Qué es un regalo quid pro quo y cómo lo valido en mi declaración de la renta?
Una contribución quid pro quo es un intercambio entre la organización benéfica y el donante. El donante ofrecerá dinero a cambio de un bien o servicio cuyo valor real es inferior al que paga el donante. Las organizaciones benéficas suelen vender entradas para museos u otros bienes a un precio superior. Es posible que usted, como muchos contribuyentes, piense que está donando cada céntimo que entrega. Se equivocaría.
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Las contribuciones pro bono sólo están plenamente justificadas cuando se resta el valor real del bien del valor monetario de la contribución. Si la entrada al museo vale $40, y usted da $100, su deducción sería la diferencia, es decir, $60. La organización benéfica debe documentar todo esto y usted debe recibir una estimación del valor del bien o servicio que ha adquirido.