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Exenciones de impuestos para madres y padres

Criar a un hijo es caro, pero puede compensar parcialmente algunos de los gastos utilizando deducciones fiscales y créditos fiscales que están a su disposición como padre.

La mayoría de las deducciones y bonificaciones están disponibles en su totalidad para el año en que nace el hijo. Si acaba de tener un hijo el 31 de diciembre, ¡enhorabuena! Puede optar inmediatamente a desgravaciones fiscales como la Crédito Fiscal por Hijos e Crédito por rendimientos del trabajo (EITC)así como una exención por dependencia.

Si es usted padre o madre primerizos, querrá obtener un número de la Seguridad Social (SSN) para su hijo lo antes posible. Asegúrese de que el nombre de su hijo está escrito correctamente en la tarjeta de la Seguridad Social: si su nombre está mal escrito, puede hacer que el IRS rechace su declaración de la renta.

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He aquí 5 de las desgravaciones fiscales más comunes a las que pueden acogerse los padres:

Exenciones fiscales para personas a cargo

Puede solicitar una exención por cada hijo que viva con usted y esté a su cargo. Es similar a una deducción fiscal. exención por dependencia reduce su ingresos sujetos a impuestos.

Para ser considerado dependiente, el hijo debe tener menos de 19 años al final del año (o menos de 24 si es estudiante) y ser menor que usted.

Para el ejercicio fiscal 2014, la exención por personas a cargo asciende a $3.950.

Para más información, consulte las páginas 11-23 de Publicación 501 del IRS (Exenciones, deducción estándar e información sobre la declaración).

Crédito Fiscal por Hijos

Para la mayoría de los padres, el crédito fiscal por hijos es la mayor desgravación fiscal que recibirán por tener un hijo. Para poder optar a este crédito, su hijo debe tener menos de 17 años al final del ejercicio fiscal. Si es así, puede recibir una desgravación de hasta $1.000 por cada hijo que cumpla los requisitos.

Si no puede beneficiarse plenamente del crédito fiscal por hijos porque no debe suficientes impuestos, también puede optar al crédito fiscal adicional por hijos.

Para más información, consulte Publicación 972 del IRS (Crédito tributario por hijos).

Crédito fiscal por cuidado de hijos y dependientes

Los padres que cuidan de personas dependientes cualificadas pueden optar a la ayuda crédito por hijos y personas a cargo. A efectos de esta desgravación fiscal, el hijo debe ser menor de 13 años y vivir con usted al menos la mitad del año.

Si lleva a su hijo a la guardería para poder trabajar, puede solicitar un crédito de hasta 35% de sus gastos de guardería. El límite en dólares de los gastos que puede reclamar es de $3.000 por un hijo que reúna los requisitos (o $6.000 por dos o más hijos que reúnan los requisitos).

Tenga en cuenta que el coste de una niñera no cuenta como gasto si fue contratada para que usted pudiera salir una noche. Sin embargo, los gastos de niñera sí son subvencionables. crédito fiscal si se produjeron porque tenías que trabajar.

Si quiere solicitar la bonificación por cuidado de hijos y personas dependientes, debe asegurarse de obtener el número de la Seguridad Social o el NIF de la niñera o la guardería.

Para más información, consulte Publicación 503 del IRS (Gastos de cuidado de hijos y personas dependientes).

Condición de "cabeza de familia

Si es usted padre o madre soltero/a, puede optar a presentar la declaración como "cabeza de familia" (en lugar de "soltero/a") si tiene al menos una persona que cumpla los requisitos y viva con usted.

Hay tres criterios principales para la declaración de cabeza de familia. En primer lugar, debe ser soltero el último día del año. En segundo lugar, debe sufragar más de la mitad de los gastos de mantenimiento de la vivienda durante el año. En tercer lugar, una persona que reúna los requisitos debe vivir con usted más de la mitad del año. (Una persona que reúna los requisitos puede ser su hijo o un pariente que cumpla las directrices del IRS).

Declarar como cabeza de familia (en lugar de soltero) tiene dos ventajas principales. La dirección deducción estándar es mayor para los declarantes que son cabeza de familia: para el ejercicio fiscal 2014, la deducción estándar es de $9.100 para los cabezas de familia ($6.200 para los declarantes solteros). La condición de cabeza de familia también conlleva límites de ingresos más elevados para diversas desgravaciones fiscales, como el crédito fiscal por hijos.

Para más información, consulte las páginas 6-11 de Publicación 501 del IRS (Exenciones, deducción estándar e información sobre la declaración).

Crédito fiscal por rendimientos del trabajo

El crédito fiscal por rendimientos del trabajo (EITC o EIC) es un crédito fiscal reembolsable diseñado para ayudar a las familias trabajadoras con bajos ingresos. Para el ejercicio fiscal 2014, este crédito asciende a un máximo de $3.305 si tiene un hijo que cumpla los requisitos (hasta un máximo de $6.143 para tres o más hijos que cumplan los requisitos).

Para reclamar el crédito a la renta del trabajodebe presentar Calendario EIC con su declaración de la renta (sólo con el Formulario 1040 o el Formulario 1040A). Asegúrese de que realmente tiene derecho a esta desgravación fiscal porque el IRS impone graves sanciones a las personas que solicitan falsamente el EIC (como hacer que el crédito no esté disponible para usted en años futuros, incluso si tiene derecho a él).

Puede utilizar la herramienta en línea del IRS, la Asistente EITCpara saber si cumple los requisitos.

Para más información, consulte Publicación 596 del IRS (Crédito por Ingreso del Trabajo (EIC)).


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